Estamos a tan solo unos días de la celebración del Día de Muertos, una de las festividades más significativas del país, que se conmemora el 1 y 2 de noviembre. Aunque para muchos es un momento para recordar y honrar a nuestros seres queridos que han fallecido, es importante aclarar las regulaciones en cuanto a los pagos extras para quienes trabajan durante estos días.
Mientras que la Secretaría de Educación Pública (SEP) autorizó la suspensión de clases para los niños, niñas y adolescentes de educación básica con el fin de permitirles participar en las festividades y mantener las tradiciones, esta situación no aplica de la misma manera para adultos y jóvenes estudiantes de nivel medio superior y superior.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que las personas que tengan que trabajar durante un día oficial, tienen derecho a recibir un pago triple, esto significa que el empleador debe compensar el día trabajado y adicionalmente pagar un monto equivalente a dos días más, ya que se trata de una fecha oficial.
Es importante destacar que los empleadores están en la obligación de notificar a sus empleados con anticipación sobre la necesidad de trabajar en días festivos, y los trabajadores tienen el derecho de negarse a laborar sin que ello conlleve consecuencias negativas para ellos.
Sin embargo, en lo que respecta al Día de Muertos, aunque es una fecha sumamente querida y trascendental en la cultura mexicana, no existe una disposición legal que obligue a las empresas a otorgar el día libre ni a pagar un monto adicional a quienes trabajan en esta fecha.
En contraste, el tercer lunes de noviembre es un día oficial en México en conmemoración de la Revolución Mexicana, y en ese caso, los empleados tienen derecho a un día de descanso remunerado o a recibir un pago triple si deben laborar. Esta disposición se aplica debido a la celebración del aniversario de la Revolución, que oficialmente es el 20 de noviembre, pero se recorre para el lunes más cercano en algunas ocasiones.