En una sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) en los expedientes TEECH/RAP/002/2024 y TEECH/RAP/030/2024 y regreso el registro a los partidos locales Fuerza por México y Popular Chiapaneco.
Estas sentencias confirmaron los acuerdos del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, los cuales determinaron la pérdida de acreditación local de los partidos Fuerza por México y Popular Chiapaneco.
El IEPC había respondido inicialmente a una consulta sobre el financiamiento y participación del partido Fuerza por México en el proceso electoral ordinario 2024. Además, determinó la pérdida de acreditación local para los partidos mencionados, basándose en su bajo porcentaje de votación en los procesos electorales locales ordinario 2021 y extraordinario 2022.
Sin embargo, la Sala Regional del TEPJF consideró que la pérdida de registro o acreditación de un partido político es una restricción significativa al derecho de asociación, por lo que la causa debe estar plenamente acreditada de manera objetiva.
En el caso específico de Chiapas, donde no se llevaron a cabo las elecciones extraordinarias en algunos municipios debido a la violencia, la Sala determinó que no hay una base objetiva y certera para afirmar que los partidos Fuerza por México y Popular Chiapaneco no están en aptitud de conservar su acreditación o registro.
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Por tanto, la Sala decidió que debe prevalecer la presunción a favor de la conservación de los partidos políticos mencionados, ya que se estableció que mantendrían provisionalmente su registro local hasta la conclusión de la elección extraordinaria.
Dado que esta elección no pudo llevarse a cabo, se considera cumplido el requisito relativo al porcentaje de votación para que continúen como partidos políticos locales.
Esto implica que Fuerza por México y Popular Chiapaneco conservarán su registro y acreditación local en Chiapas, de acuerdo a lo determinado por la Sala Regional del TEPJF.