¿En qué casos puedes hacer retiros de tu Afore?

Si te encuentras en algún situación en la que necesites retirar parte de tus fondos de ahorro, aquí te decimos cómo hacerlo

Connie Ramírez | Diario del Sur

  · jueves 18 de enero de 2024

Dinero en mano/Foto: rebajatuscuentas.com

La Ley te brinda la oportunidad de disponer anticipadamente de parte de tus fondos de la Cuenta AFORE en situaciones particulares, tales como el matrimonio y el desempleo.

Te puede interesar: Ahorro hormiga: ¿qué es y cómo lograrlo?


Retiro parcial por matrimonio:


¿Qué es?

  • Permite un retiro parcial de la Cuenta AFORE por motivo de matrimonio, equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Requisitos:

  • Mínimo de 150 semanas cotizadas desde el 1º de julio de 1997.
  • No haber solicitado este derecho previamente.
  • Estar vigente como asegurado.
  • Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.

Documentos necesarios:

  • Identificación oficial.
  • Acta de Matrimonio.
  • Estado de cuenta bancario (opcional).
  • Pre-Solicitud de disposición de recursos generada en el portal E-SAR.

Pasos para el retiro:

  • Realizar la Pre-solicitud en www.e-sar.com.mx o en la sucursal de la AFORE.
  • Acudir con los documentos a la sucursal seleccionada.
  • Firmar la solicitud de disposición de recursos.
  • La AFORE gestionará el trámite ante el IMSS y entregará los recursos en un plazo máximo de 5 días hábiles.

Retiro parcial por desempleo:

¿Qué es?

  • Posibilita un retiro parcial en caso de desempleo.


Requisitos:

  • 46 días naturales de desempleo.
  • Mínimo de 3 años con la cuenta AFORE abierta y 2 años cotizados ante el IMSS.
  • No haber realizado este retiro en los últimos 5 años.
  • Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.


Documentos necesarios:

  • Identificación oficial.
  • Estado de cuenta bancario (opcional).
  • Clave Única de Servicios (CUS) generada en el portal AforeWeb.


Modalidades de retiro:

  • Modalidad A: Para cuentas AFORE con al menos 3 años de apertura y 2 años de cotización al IMSS, se otorgan 30 días de salario base de cotización.
  • Modalidad B: Si la cuenta tiene 5 años o más, se recibe lo menor entre 90 días de salario base de cotización o el 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de RCV.