El contador público certificado en fiscal, Fidel de los Santos, dio a conocer que las empresas con pérdidas en la declaración del ejercicio fiscal 2023 no están obligadas a realizar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), o también llamado reparto de utilidades.
Y es que en los últimos días algunos trabajadores se han manifestado por la inconformidad en el reparto de utilidades, sin embargo, el entrevistado dijo que los trabajadores pueden gozar de este beneficio cuando la empresa tiene ganancias.
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Señaló que el reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene la empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.
Detalló que la Participación de los Trabajadores en las Utilidades debe ser entregada dentro de los 60 días siguientes, a partir de la presentación de la declaración anual por los empresarios.
Indicó que, en el caso de las empresas bajo el régimen de personas morales, deben cumplir con el pago el 30 de mayo y las personas físicas el 29 de junio, de no hacerlo pueden estar sujetas a sanciones por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
"El PTU se determina sobre el resultado de la declaración del ejercicio fiscal 2023 de una empresa, esto es, si la compañía tiene pérdidas, entonces no está obligada a realizar el reparto de utilidades, pero si hubo ganancia, todos los trabajadores tienen derecho al reparto", abundó.
Puntualizó que con la crisis económica que se vive, la mayoría de las pequeñas empresas que hay en Tapachula operan al límite, por lo que no reflejan ganancias, por ello muchos trabajadores no reciben este beneficio.
Mencionó que por ley, las empresas que tuvieron ganancias tienen que repartir el 10 por ciento de sus ingresos, esto de manera proporcional entre todos sus trabajadores que aún están dentro de la empresa, o que estuvieron en el ejercicio fiscal 2022.