El Consejo Asesor del Parque Nacional Cañón del Sumidero y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) derivado del análisis de resultados de atención a siniestros provocados al interior del Área Natural Protegida (ANP) durante la temporada de incendios forestales 2021, manifiesta su preocupación por la situación que deja severamente afectada a la biodiversidad del parque, así como las afectaciones a 405 hectáreas que se consumieron en 10 incendios en lo que va del año.
En un dato acumulado históricamente en lo que va de los años 2003 a 2021 se han afectado 3 mil 371 hectáreas, de las cuales 1 mil 064 hectáreas corresponden a pastos y hierbas, seguido por los arbustos y matorrales con un total de 2 mil 212.12 hectáreas afectadas, sucesivo a este el arbolado adulto con un total del 94.96 hectáreas y finalmente el estrato menos afectado se encuentra el renuevo, informó la CONANP.
Para las actividades de combate se ha trabajado a través de la brigada de contingencia de manejo del fuego del Parque Nacional, así como el apoyo de otras instancias de los gobiernos municipal de Tuxtla Gutiérrez y Chiapa de Corzo, la Secretaría de Protección Civil y la Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural del gobierno del estado, la Conanp, la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), la Secretaría de Marina Armada de México (SEMAR) la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) que en algunos momentos durante el combate a estos eventos, han requerido del establecimiento del Sistema de Comando de Incidentes.
Refiere la CONANP que uno de los principales factores de la incidencia de incendios forestales en el Cañón del Sumidero, ha sido que año con año se presentan, actividades de quemas agropecuarias y al uso negligente del fuego como una herramienta para la preparación de siembra de cultivos en comunidades que realizan actividades agrícolas de siembra de cultivos y en la mayoría de los casos son incendios intencionados.
Por tal motivo, el Consejo Asesor del Cañón del Sumidero se manifiesta a favor de la aplicación de las sanciones y penas necesarias a aplicar, derivado del cumplimiento a los procedimientos de sanción a quien resulte responsable de haber ocasionado los incendios forestales, en apego a la declaratoria estatal preventiva publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, que prohíbe la roza y quema de los predios urbanos y rurales.