/ miércoles 31 de enero de 2024

Accidente en Tapachula revela falta de supervisión en seguro de transporte

José Antonio Chol, representante de organizaciones de izquierda, señala que el accidente trágico de dos colectivos en el centro de Tapachula evidencia la falta de supervisión en la cobertura de seguros

El trágico accidente de dos colectivos en pleno centro de la ciudad de Tapachula que dejó como saldo daños materiales y personas gravemente lesionadas que son atendidas en hospitales públicos, pone al descubierto la falta de responsabilidad de quien debe supervisar que las unidades del servicio público de pasaje cuenten con el seguro de cobertura, en este caso la delegación de Movilidad y Transporte, afirmó José Antonio Chol, representante de organizaciones de izquierda.

Dijo que las dos personas gravemente lesionadas luego del choque entre dos colectivos una de la ruta 38 Prepa 2 y otro de la ruta 12 de la 11 de septiembre, reciben atención médica en el Hospital General de Tapachula, y no en una clínica particular como lo señala el seguro de cobertura, por lo que familiares exigen la atención a la que tienen derecho.

Te puede interesar: Choque de colectivos deja una persona lesionada en estado grave

Señaló que lamentablemente en Tapachula son comunes los accidentes vehiculares en los que se involucra el transporte público y son muchos los reclamos de estos que, aunque tengan cubierto el seguro, la empresa aseguradora se niega a cubrir los montos establecidos aduciendo una serie de situaciones que retardan la atención y que obligan al concesionario a cubrir de manera directa los gastos con la promesa de recuperarlos posteriormente.

Por su parte, el delegado de la Secretaría de Movilidad y Transporte, Miguel Ángel Galdámez, indicó que de acuerdo con la ley todo usuario del transporte público debería estar protegido en caso de algún accidente, ya que para dar el servicio, uno de los requisitos que deben cumplir ante la SMyT es contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubran las afectaciones de los usuarios.



Detalló que la póliza de los seguros de transporte público que exige la autoridad de Movilidad y Transporte protege en cualquier percance, sin importar quien haya sido el responsable tanto a las personas que abordan la unidad como al vehículo.

Puntualizó que una vez que se registra el accidente es el Ministerio Público que se hace cargo de la situación y la SMyT solo coadyuvan con las investigaciones para el cumplimiento de la responsabilidad de la cobertura médica de los usuarios, a pesar de que el chofer huya del lugar del percance.

De acuerdo a personal de aseguradoras, los transportistas contratan el seguro básico o de daños a terceros que tiene un costo anual de 7 mi pesos por combi y 5 mil pesos para el taxi.


Combis cruzando sobre la Central Poniente de Tapachula/Foto: Marvin Bautista | Diario del Sur


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El monto de cobertura por usuario es de 500 mil pesos y abarca hasta 15 pasajeros por unidad, el cual contempla los gastos médicos del usuario como hospitalización, intervención quirúrgica, enfermería, ambulancia, prótesis y medicinas; indemnización por incapacidad parcial o total, y gastos funerarios e indemnización en caso de fallecimiento, con montos establecidos.

Mencionaron que el seguro no entra en vigor para la cobertura de usuarios lesionados o fallecidos cuando el chofer de la unidad no porta licencia de conducir o bien este documento está vencido y cuando no cuente con el documento del cumplimiento de la revisión físico-mecánica que emite la SMyT.

El trágico accidente de dos colectivos en pleno centro de la ciudad de Tapachula que dejó como saldo daños materiales y personas gravemente lesionadas que son atendidas en hospitales públicos, pone al descubierto la falta de responsabilidad de quien debe supervisar que las unidades del servicio público de pasaje cuenten con el seguro de cobertura, en este caso la delegación de Movilidad y Transporte, afirmó José Antonio Chol, representante de organizaciones de izquierda.

Dijo que las dos personas gravemente lesionadas luego del choque entre dos colectivos una de la ruta 38 Prepa 2 y otro de la ruta 12 de la 11 de septiembre, reciben atención médica en el Hospital General de Tapachula, y no en una clínica particular como lo señala el seguro de cobertura, por lo que familiares exigen la atención a la que tienen derecho.

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Señaló que lamentablemente en Tapachula son comunes los accidentes vehiculares en los que se involucra el transporte público y son muchos los reclamos de estos que, aunque tengan cubierto el seguro, la empresa aseguradora se niega a cubrir los montos establecidos aduciendo una serie de situaciones que retardan la atención y que obligan al concesionario a cubrir de manera directa los gastos con la promesa de recuperarlos posteriormente.

Por su parte, el delegado de la Secretaría de Movilidad y Transporte, Miguel Ángel Galdámez, indicó que de acuerdo con la ley todo usuario del transporte público debería estar protegido en caso de algún accidente, ya que para dar el servicio, uno de los requisitos que deben cumplir ante la SMyT es contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubran las afectaciones de los usuarios.



Detalló que la póliza de los seguros de transporte público que exige la autoridad de Movilidad y Transporte protege en cualquier percance, sin importar quien haya sido el responsable tanto a las personas que abordan la unidad como al vehículo.

Puntualizó que una vez que se registra el accidente es el Ministerio Público que se hace cargo de la situación y la SMyT solo coadyuvan con las investigaciones para el cumplimiento de la responsabilidad de la cobertura médica de los usuarios, a pesar de que el chofer huya del lugar del percance.

De acuerdo a personal de aseguradoras, los transportistas contratan el seguro básico o de daños a terceros que tiene un costo anual de 7 mi pesos por combi y 5 mil pesos para el taxi.


Combis cruzando sobre la Central Poniente de Tapachula/Foto: Marvin Bautista | Diario del Sur


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El monto de cobertura por usuario es de 500 mil pesos y abarca hasta 15 pasajeros por unidad, el cual contempla los gastos médicos del usuario como hospitalización, intervención quirúrgica, enfermería, ambulancia, prótesis y medicinas; indemnización por incapacidad parcial o total, y gastos funerarios e indemnización en caso de fallecimiento, con montos establecidos.

Mencionaron que el seguro no entra en vigor para la cobertura de usuarios lesionados o fallecidos cuando el chofer de la unidad no porta licencia de conducir o bien este documento está vencido y cuando no cuente con el documento del cumplimiento de la revisión físico-mecánica que emite la SMyT.

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