La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n (SCJN) aprob贸 por mayor铆a de votos que los fallos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci贸n (TEPJF) puedan ser apelados mediante controversias constitucionales.
El asunto resuelto en la sesi贸n del mi茅rcoles pasado se desprende de una controversia constitucional presentada por la C谩mara de Diputados en noviembre del 2022, en la que acus贸 que la Sala Superior del Tribunal Electoral excedi贸 sus facultades al ordenarle modificar la integraci贸n de la Comisi贸n Permanente.
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Esto, porque se excluy贸 a Movimiento Ciudadano a pesar de ser una de las fuerzas pol铆ticas en el Congreso.
Sin embargo, al considerar que su sentencia iba m谩s all谩 de sus atribuciones, el entonces presidente de la mesa directiva de la C谩mara de Diputados, el morenista Sergio Guti茅rrez, interpuso una controversia constitucional, la cual fue admitida por la SCJN.
Aunque los fallos del TEPJF son inapelables e inatacables, al analizar el asunto, los integrantes de la Segunda Sala aprobaron la propuesta de la ministra Yasm铆n Esquivel, quien plante贸 que, aunque sus sentencias no pueden combatirse por mandamiento constitucional, esto no implica que los recursos promovidos en su contra sean improcedentes.
De acuerdo con el art铆culo 99 de la Constituci贸n mexicana, el TEPJF es la m谩xima autoridad en la materia, por lo que sus fallos son definitivos, sin embargo, con lo aprobado el d铆a de ayer se permite que la Suprema Corte pueda analizarlos mediante eventuales controversias constitucionales, lo que podr铆a echarlas atr谩s si as铆 se considera pertinente.
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La ministra Esquivel argument贸 que el objetivo de dar entrada a este tipo de asuntos, consiste en analizar que hayan sido resueltos dentro del marco de competencias del TEPJF y que no se trate de cuestiones que correspondan a otros poderes del Estado, en este caso el Legislativo.